miércoles, 12 de marzo de 2014

DERECHO LABORAL INDIVIDUAL COLOMBIANO "NOTAS DE CLASE" Diego T. Tavera M

CONCEPTOS Y PRINCIPIOS BÁSICOS DEL DERECHO LABORAL

Para introducirnos en el estudio del derecho laboral individual, debemos tener claridad sobre el concepto básico de trabajo, el cual ha sido definido por diferentes tratadistas y más específicamente por el código sustantivo del trabajo.
Para Marx (1867/1968), el trabajo consiste en transformaciones con el objetivo de atender necesidades humanas[1], así como Blanch Ribas propone una definición genérica, donde define el trabajo como una actividad humana social, compleja y dinámica, ejercida de forma individual o colectiva[2], y más exactamente nuestro código sustantivo de trabajo[3], dentro de su artículo quinto (5) reza…ARTICULO  5o. DEFINICION DE TRABAJO. El trabajo que regula este Código es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo.
De la definición que nos presenta nuestra legislación laboral, podemos destacar que el trabajo es  toda actividad humana libre, lo que nos indica, que no todas las actividades que el ser humano realiza a favor de otro, se pueden o se debe considerar trabajo; pues como característica principal, el trabajo que enuncia el código, se refiere a una actividad que debe ser consiente, libre de vicios[4], sin importar si se realiza por un corto periodo o por una largo espacio de tiempo; es importante también tener en cuenta la  claridad que hace la ley en el sentido de considerar trabajo únicamente a las actividades desarrolladas por las personas naturales, pues  no es posible que se pueda firmar un contrato de trabajo de trabajo entre dos personas jurídicas.




[1] Karl Heinrich Marx, filósofo, intelectual y militante comunista alemán de origen judío (Tréveris, Reino de Prusia, 5 de mayo de 1818  Londres, Reino Unido, 14 de marzo de 1883),
[2] Teoría de las relaciones laborales. Fundamentos. Autor(es) Josep María Blanch Ribas (Coordinador), María Jesús Espuny Tomás, Carolina Gala Durán, Antonio Martín Artiles, ISBN: 9788483183014.
[3] Decreto Ley 2663 del 5 de agosto de 1950, modificado por la ley 50 de 1190
[4] No hay consentimiento válido, si ha sido dado por Error, arrancado por Violencia o sorprendido por Dolo, según el Art.1109 del Código Civil. El vicio del Consentimiento es la ausencia de una voluntad sana con el objetivo de falsear, adulterar, anular  dicha voluntad y alcanzar propósitos deseados lo cual compromete su eficacia.  El Error es una idea inexacta que se forma un contratante sobre uno de los elemento del contrato, en el que podemos creer que un hecho que es falso es verdadero y viceversa. El dolo es la maniobra empleada por una persona con el propósito de engañar a otra y determinarla a otorgar un acto jurídico. La violencia es la compulsión ejercida sobre una persona para determinarla a realizar un acto y que vicia su consentimiento.
Tiempos modernos (Modern Times) es un largometraje de 1936 escrito y dirigido, por Charles Chaplin, que fue también el actor principal.


La película constituye un retrato de las condiciones desesperadas de un empleado que en la clase obrera tuvo que soportar en la época de la Gran depresión, condiciones promovidas, en la visión dada por la película, por la eficiencia de la industrialización y la producción en cadena.